Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

LEY 18/2022

Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

Con motivo de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, enfocada a la creación y crecimiento empresarial, se han producido cambios en el método de facturación obligatoria, entre otras medidas destacables. Esta ley entrará en vigor el 18 de octubre. No obstante, excepcionalmente, para los cambios de método de facturación, habrá un plazo de un año desde la aprobación del desarrollo reglamentario de esta Ley para las empresas con una facturación superior a ocho millones de euros, y de dos años para el resto. Probablemente comenzará a ser efectivo entre 2023 y 2024. Finalmente, las medidas relacionadas con el crowdfunding entrarán en vigor el 10 de noviembre de 2022.

Los principales cambios en el método de facturación serán:

– La obligación de emitir facturas electrónicas en todas las relaciones comerciales. Deberán cargarse en un software que permita a los destinatarios descargar, leer o imprimir las facturas de los cuatro años anteriores sin coste alguno. Dicha plataforma será elegida por el transmisor.

– Las facturas electrónicas darán acceso a la información sobre morosidad en los pagos, que será seguida por el recién creado Observatorio Nacional de Morosidad en los Pagos. Las Autoridades también otorgarán beneficios para la reducción de plazos de pago como una convalidación favorable en los contratos públicos.

Otros cambios:

-Acelerar la creación de empresas. Posibilidad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) con un capital social inferior a tres mil euros, si se cumplen determinados requisitos.

-Nuevo marco legal para las plataformas de crowfunding. Introducción de nuevos límites en las inversiones individuales y de proyectos.

Si tuvieran más dudas, por favor, no duden en preguntarnos.